Con las nuevas subvenciones, el Ayuntamiento habrá destinado un total de 540.000 euros al comercio de proximidad de la ciudad en el 2020, ya que en septiembre se destinaron 300.000 € a las tarjetas-monedero para incentivar el consumo en el tejido local.
El Ayuntamiento de Cornellà aprobó la semana pasada dos líneas de subvenciones dirigida al tejido económico local.
Por un lado, ayudas destinadas al comercio local, personas trabajadoras autónomas y microempresas de la ciudad de Cornellà que tuvieron que cesar su actividad por causa, del COVID, y el consiguiente estado de alarma.
Y por otra, apoyo económico para los titulares de actividades de restauración y de centros de estética y belleza obligados al cierre de su actividad.
El Ayuntamiento destinará a estas ayudas un total de 240.000 euros, de los fondos propios municipales. Por lo que respecta al comercio local, profesionales autónomos y microempresas, se concederá una ayuda de un máximo del 30% de la totalidad de los gastos subvencionables, hasta un límite de 500 euros.
Por otro lado, con respecto al sector de la restauración y centros de estética y belleza la subvención municipal será directa, con un importe de 500 euros.
Aparte de estas dos líneas de subvenciones para la comercio local, el Ayuntamiento ha impulsado también las tarjetas-monedero cargadas con 100€ destinadas al estímulo de la demanda hacia el consumo en comercios y establecimientos de restauración de la ciudad, y de las que ya se han vendido 5.000 unidades.
La tarjeta-monedero se vende a los consumidores/as por 70 euros, y los 30 euros restantes los aporta el Ayuntamiento de Cornellà. Se pueden adquirir hasta el 31 de diciembre, o hasta alcanzar las 10.000 unidades, lo que supondría haber incentivado un gasto directo de un millón de euros en el comercio local.
Gastos subvencionables
Esta subvención para el comercio de Cornellà podrá ir destinada tanto a los gastos corrientes necesarios para el mantenimiento, como para la reactivación de la actividad habitual durante el período de inactividad.
Estos gastos subvencionables corresponderían, entre otros, a: alquileres, cuotas de hipotecas, cuotas de préstamos, cuotas de autónomos, suministros básicos, costes laborales, adecuación de locales debido a la Covid-19, etc.
No serán subvencionables, sin embargo, los gastos correspondientes a obras de instalación y remodelación, el IVA de las facturas o los impuestos indirectos equivalentes que sean susceptibles de recuperación o compensación.