La imagen de estanterías en los supermercados con carteles limitando la compra de unidades de un producto determinado, como ha pasado las últimas semanas con el aceite de girasol, resulta que no estaba permitida hasta hoy miércoles.
La ley del comercio minorista dice, en el artículo 9, que «los comerciantes no podrán limitar la cantidad de artículos que puede adquirir cada comprador», como tampoco «establecer precios más elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen».
Pues bien, este miércoles y de forma temporal, el gobierno español abre la puerta a hacerlo «legalmente». Cómo se publica al BOE, el ejecutivo ha introducido un nuevo apartado en este artículo que, excepcionalmente, permite limitar la cantidad de productos que se pueden comprar para «impedir el desabastecimiento».
La medida forma parte del decreto de medidas urgentes en el marco del plan nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
En concreto, el apartado dice que «cuando haya circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor que lo justifiquen, los establecimientos comerciales podrán suspender con carácter temporal la prohibición prevista en el apartado 2 de limitar la cantidad de artículos que puede adquirir cada consumidor».
Y añade: «Estas medidas tendrán que estar justificadas y se adoptarán de manera proporcionada cuando haga falta para evitar el desabastecimiento y garantizar el acceso de todos los consumidores en condiciones equitativas.«