19/07/2024

Los condenados por maltrato animal perderán la custodia de sus hijos

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09/08/2022

Las personas condenadas por maltrato a animales no podrán tener la custodia de los hijos menores en caso de separación. El Departament de Justicia de la Generalitat, ha finalizado una modificación del Código Civil de Catalunya que prevé que los maltratadores de animales se queden sin la custodia de los hijos si hay una separación.

El juez no podrá atribuir la custodia de los menores al progenitor contra el cual se haya dictado sentencia firme por delitos contra los animales. La consellera de Justicia, Lourdes Ciuró, señala que «quién maltrata un animal es candidato a maltratar»: «Una persona maltratadora maltrata animales, maltrata mujeres, maltrata hijos.»

Ciuró explica que, con esta reforma, el govern de Catalunya quiere dar «herramientas a los jueces a la hora de decidir y elementos a los abogados para que en los convenios reguladores y en las demandas aleguen estos hechos»:

«Si aquella persona ha estado maltratadora de animales, esto puede repercutir en la vida con los hijos. Si hay sentencia firme, puede contar con que no tendrá la custodia.»

El actual Código Civil catalán reconoce que los animales no se pueden considerar bienes materiales o cosas, sino que se tienen que considerar seres vivos con sensibilidad física y psíquica, tienen estatus jurídico y están sometidos a una protección especial.