El Gobierno del estado aprobó ayer en Consejo de Ministros extraordinario la primera renta mínima de carácter estatal en la historia de España.
La prestación pretende alcanzar a 850.000 familias en situación de pobreza extrema y su cuantía oscilará entre los 462 y 1015€ por hogar.
La medida se estaba preparando desde los dos últimos meses .«Hoy es un día histórico para nuestra democracia, para mí es un honor anunciar que hoy nace un nuevo derecho social en España», manifestó Pablo Iglesias.
Se podrá solicitar a partir el 15 de junio y su cobro, una vez tramitado, será retroactivo durante los tres primeros meses a efectos del 1 de junio. «Es el mayor avance en derechos sociales en la historia de España, desde la aprobación de la ley de dependencia», declaró el vicepresidente segundo Pablo Iglesias.
Esta prestación persigue alcanzar a una parte de aquellos que hasta ahora se habían visto excluidos del «escudo social» habilitado por el Gobierno ante la pandemia. Los más vulnerables de entre los 12,3 millones de personas en España (el 26,1% de la población) que viven en riesgo de pobreza o exclusión social; según los últimos datos del INE referentes al 2018.
España, la cuarta economía de la Unión Europea, registraba hasta el 2018 la séptima tasa de pobreza más alta de entre los estados miembros. «No hay libertad si no se llega a final de mes», ha declarado Iglesias.
Los potenciales beneficiarios del nuevo ingreso mínimo vital serán aquellas que tengan entre 23 y 65 años (o hasta los 18 años si es con hijos a cargo) y que tengan unas rentas que oscilen como máximo entre los 5.538 y los 12.184 euros. Para dicho cálculo, la Seguridad Social tendrá en cuenta los ingresos que anualmente percibe la persona que lo solicita y si esta tiene algún patrimonio, excluyendo la vivienda habitual y restando las deudas pendientes de pago. Para determinar los ingresos del solicitante, la Seguridad Social tendrá en cuenta los ingresos declarados en el año anterior o estableciendo una media de los meses del año presente, para no excluir a aquellos solicitantes que hayan perdido sus ingresos ante eventualidades como la actual pandemia.
La cuantía es variable, en función de la situación familiar del solicitante y si percibe en paralelo un salario o no. La base mínima para una persona sin ningún ingreso ni patrimonio y sin familiares a cargo será de 462 euros mensuales.
Y la prestación máxima la percibiría una persona en la misma situación a nivel de ingresos, pero con cinco o más integrantes sin ingresos en la unidad familiar. Y su cuantía sería de 1.015 euros mensuales. La Seguridad Social ha habilitado un abanico de 14 categorías para las diferentes particularidades.
En caso de que el solicitante tenga otros ingresos, esta renta mínima modulará los ingresos, respetando los mínimos establecidos. Es decir, si una persona solo ingresa 200 euros en un mes, el Estado aportará 262 euros más para llegar a esos 462 euros mensuales.
El ingreso mínimo vital es compatible con ingresos laborales y contempla incentivos para que los potenciales beneficiarios no vean más rentable rechazar un empleo por el miedo a dejar de percibir parte de la prestación. Un elemento «fundamental», según ha calificado el ministro Escrivá, y que se basa en las experiencias de País Vasco y Navarra.
La Seguridad Social no restará integramente los nuevos ingresos de la prestación percibida. Es decir, si el beneficiario cobra 100 euros más no se le descontarán 100 euros del ingreso mínimo vital, sino un porcentaje menor que el Gobierno todavía no ha precisado.