El TSJC ha condenado al Institut Català de la Salut (ICS), organismo de la Conselleria de Salut, de la Generalitat de Catalunya, por la muerte de una persona atendida por infarto durante el traslado del paciente del Hospital Joan XXIII de Tarragona al de Bellvitge.
El traslado hubo que realizarlo porque la unidad cardíaca de hemodinámica del centro tarraconense estaba cerrada en ese horario, según ha publicado el canal 324.
El 25 de diciembre del 2014, un hombre de 76 años que estaba siendo atendido en el servicio de urgencias del Hospital Joan XXIII.
Tras varias pruebas y activar el protocolo por infarto, unas horas más tarde, al paciente lo derivaron con ambulancia hacia el Hospital de Bellvitge, y murió a la altura de El Vendrell.
La magistrada ha considerado que hubo una «actuación negligente» y que se hizo con «retraso». Es por este motivo, que el ICS deberá indemnizar económicamente a la familia de la víctima.
La sentencia apunta que el paciente llegó entre las seis y las siete de la tarde, al centro hospitalario de Tarragona, y debería haber sido ingresado en la unidad de hemodinámica para realizar una angioplastia antes de las ocho de la tarde, cuando el servicio se cerraba, porque ya se había hecho el electrocardiograma.
También señala que el hombre fue atendido con retraso , puesto que los médicos primero lo trataron como si tuviera un edema pulmonar agudo debido a la dificultad para respirar y un dolor torácico abdominal.
La resolución judicial llega casi nueve años después de los hechos. En 2015, después de varias protestas, el servicio de hemodinámica del Hospital Joan XXIII, pasó a ser de 24 horas. FUENTE:324